Sí, muchos procedimientos administrativos y laborales pueden gestionarse de forma telemática, permitiendo la representación de clientes de cualquier parte de España.
El plazo depende del tipo de recurso: un mes para el recurso de alzada o reposición, y dos meses para el recurso contencioso-administrativo desde la notificación del acto.
Si transcurre el plazo legal sin respuesta (normalmente tres meses), se produce el "silencio administrativo", que en la mayoría de los casos permite recurrir como si la solicitud hubiera sido denegada.
20 días hábiles desde la fecha del despido para presentar la papeleta de conciliación o la demanda.
Sí, mediante la reclamación de responsabilidad patrimonial, siempre que se acredite el daño y se presente dentro del plazo de un año desde que se produjo o se conoció.