Abogado especialista en Derecho Administrativo y Laboral en Madrid

Ignacio Bautista Samaniego – Colegiado en Madrid desde 1994

Defensa jurídica especializada frente a la Administración Pública y en procedimientos laborales.

Asesoramiento y defensa especializada en procedimientos administrativos, contratación pública, urbanismo, función pública y derecho laboral. Presta servicio tanto a particulares y empleados públicos como a las propias Administraciones Públicas.

Trayectoria y Experiencia

Más de 30 años ejerciendo en Derecho Administrativo y Laboral

Desde 1994

Abogado colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, especializado en Derecho Administrativo y Laboral.

Formador desde 1993

Formación en Derecho Administrativo General, tanto para el acceso al empleo público como para la formación continua de empleados públicos.

12 años en cargos directivos

Desempeño de cargos directivos en la Administración, supervisando la legalidad de expedientes y gestionando procedimientos técnicos complejos.

Especialización sectorial

Experiencia específica en Derecho Sanitario, Universitario, de la Administración Local, Expropiación Forzosa, Contratación Pública y Función Pública.

Áreas de especialización

Cada día llegan casos que parecían no tener salida:

Funcionarios a los que se les negó una plaza que merecían. Propietarios expropiados sin una compensación justa. Trabajadores despedidos sin motivo real. Ciudadanos frente a una Administración que no responde.
Casos que, con el enfoque jurídico adecuado, se convirtieron en recursos ganados, indemnizaciones justas y resoluciones favorables.

Preguntas frecuentes

¿Tienes otra pregunta? Escríbenos y te la resolvemos sin compromiso.

Sí, muchos procedimientos administrativos y laborales pueden gestionarse de forma telemática, permitiendo la representación de clientes de cualquier parte de España.

El plazo depende del tipo de recurso: un mes para el recurso de alzada o reposición, y dos meses para el recurso contencioso-administrativo desde la notificación del acto.

Si transcurre el plazo legal sin respuesta (normalmente tres meses), se produce el "silencio administrativo", que en la mayoría de los casos permite recurrir como si la solicitud hubiera sido denegada.

20 días hábiles desde la fecha del despido para presentar la papeleta de conciliación o la demanda.

Sí, mediante la reclamación de responsabilidad patrimonial, siempre que se acredite el daño y se presente dentro del plazo de un año desde que se produjo o se conoció.

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